Análisis crítico e incidencia político - educativa en torno al tema

de la atención de los alumnos superdotados

Benito López Andrada  

     Con motivo de la reciente presentación de la MEMORIA por la Licencia de Estudios que he desarrollado durante el curso escolar 1999/2000 y cuyo título responde al tema Alumnos precoces, superdotados y/o talentosos dentro de la atención a la diversidad (pendiente de ser publicada) tengo a bien plasmar en este artículo para AEST algunas de las conclusiones y sugerencias recogidas en ella. 

        Se sigue  poniendo de manifiesto que la fase de identificación es y debe ser un PROCESO DE IDENTIFICACIÓN en el que tienen que estar presentes tanto la fase de detección (recopilación de datos por parte de los profesores y padres implicados) así como los Psicólogos / Pedagogos  de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o de los Departamentos de Orientación de los Centros  son los que deben efectuar, necesariamente, la fase de la Evaluación Psicopedagógica.

        En un Estado de Derecho el proceso de identificación de los alumnos con altas capacidades debe partir, necesariamente del 100% de la población escolar de que se trate, dado que de no hacerse de esta manera, siempre existirán bolsas de no identificación y los alumnos más perjudicados serán los de las clases sociales y culturales más desfavorecidas (López Andrada, B. y colaboradores (1991, 1997,1999 y 2000)  

        Al ser un proceso de identificación  tanto la fase de detección como la fase de la evaluación psicopedagógica no puede limitarse a un período de tiempo concreto y limitado sino que puede y debe durar todo un período largo de tiempo. De aquí se desprende que puede iniciarse la identificación en un momento determinado y seguir valorando sus capacidades y características personales a lo largo de un trimestre, curso escolar, ciclos y / etapas educativas, siendo compatible alternarlos, en momentos determinados, con los programas educativos pertinentes.  

      Al  contemplar el actual Sistema Educativo Español la enseñanza por CICLOS, se sugiere iniciar los procesos de Identificación de alumnos al inicio de cada Ciclo Escolar y dar los siguientes cursos escolares de cada ciclo para profundizar en el propio proceso de identificación y seguimiento de los mismo como para materializar los programas de enriquecimiento y/o adaptaciones curriculares que procedan. De aquí que los cursos idóneos para iniciar los procesos de identificación y seguimientos pertinentes puedan ser los siguientes:  

 Educación  Infantil 3 y 4 años.

 Primer curso de Primaria.

 Tercer curso de Primaria.

 Quinto curso de primaria.

Se sugiere que los distintos cursos  /niveles educativos se deberán utilizar para lo siguiente:  

·        En Educación Infantil 4 años y los cursos impares (1º, 2º y 3º de Primaria) puede servir, sobre todo par iniciar la propuesta de ANTICIPACIÓN o de REDUCCIÓN  de la escolaridad, si procede.

·        Los cursos pares (2º, 4º y 6º  de Primaria, para profundizar en los programas de enriquecimiento que se lleven a efecto, tanto con los alumnos con altas capacidades como con los alumnos que presentan déficits con sus correspondientes ACIS.  

           En el último curso de Primaria (6º) se dará la Orientación Escolar  para su entrada en la E.S.O. en el que se contemplará el proceso de identificación llevado a cabo con los alumnos (de manera colectiva y/o individual) y los programas de enriquecimiento y/o adaptaciones que se han llevado a efecto con cada uno de los alumnos y su respuesta ante ellos.  

·        Se sigue confirmando que a la edad de 11 / 12 años (6º curso de Primaria) se da la posible presencia de un alumno “Bien Dotado” (sobredotación intelectual)  por aula, de acuerdo con los resultados de investigación, entre otros,, de López Andrada, B. y colaboradores (1.991, 1999 y 2000) así como la manifestación  incipiente y en algunos casos consolidada,  de talentos específicos y/o complejos (académicos, matemáticos, verbales,  etc.)  

·        En la actualidad puede considerarse como de NEGLIGENCIA EDUCATIVA el que un alumno se escolarice  en la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) sin haber participado en un PROCESO DE IDENTIFICACIÓN de sus características cognitivas y no cognitivas  así como de otras características de la personalidad, creatividad e intereses, etc., independientemente de que respondan o no a las potencialidades de superdotación y/o talento.  

·        Siguiendo a MONTERDE (1998) y a LÓPEZ ANDRADA, B. Y COLABORADORES (1997/ 2000) vienen a considerar que las  actuales normativas legislativas, si nos atenemos al marco conceptual contemplado en la “letra de lo legislado”, parece (o da la impresión) de que tienen la intención de afrontar la problemática de los alumnos potencialmente superdotados, de una manera clara y sin subterfugios, pero cuando nos adentramos en la realización de un análisis crítico intentando contrastar lo teórico (lo último legislado) con la realidad y la aplicación práctica, pueden resultar fórmulas meramente protocolarias, de carácter burocrático y organizador, con la intención de que el alumno potencialmente superdotado, pueda ser debidamente EVALUADO (Orden de 14 de febrero de 1.996), convenientemente escolarizado (Orden y Resolución de 24 y 29 de abril de 1.996 respectivamente) así como adecuadamente EDUCADO en el momento de ajustar la respuesta de la escuela a su especial necesidad (Resolución del 29 de abril de 1.996).  

·        Se puede observar que al estar dentro del “principio” de la ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, que promulga la LOGSE, cuando se realiza un proceso de identificación a nivel de aula, nivel, ciclo, Etapa o centro educativo, también se deben incluir dentro de la aplicación de las pruebas individuales a todos aquellos alumnos que han presentado en las pruebas previas (colectivas) unas bajas puntuaciones o una fuerte disincronía entre ellas y que , además, según la profesores – tutores manifiesten serias dificultades en el aprendizaje escolar, y sobre todo en los aspectos perceptivos y motóricos.  

·        En las pruebas colectivas habrá que incluir una gran variedad de variables tanto de tipo cognitivo como no cognitivo y de la personalidad. Respecto a las pruebas cognitivas habrá que introducir al menos dos de tipo general (en este caso ha sido  el Raven General y el D-48) dado que si solamente se limita a una prueba de inteligencia general, al estar saturada de determinados tipo de contenido (perceptivo / espacial, como por ejemplo) quedarían reducidas las posibilidades los alumnos que se pudiesen seleccionar para aplicarles las pruebas individuales de confirmación de alta capacidad cognitiva, dado que la baja puntuación obtenida puede deberse más por presentar, precisamente, dificultades en esos aspectos  (perceptivo – espaciales) y no por tener baja capacidad cognitiva  

·        Se deben incluir, por la razón anterior, en la aplicación de las pruebas individuales a todos aquellos alumnos que hayan obtenido muy baja puntuación en las pruebas colectivo de tipo perceptivo, ya que esta problemática puede encubrir una alta dotación en  la inteligencia de tipo cristalizado - cultural y no se haya podido manifestar debido, precisamente,  a sus dificultades perceptivo espaciales.  

·        En relación con lo manifestado en el párrafo anterior, tengo que poner de manifiesto que se ha dado en esta ocasión un caso muy concreto y que se refleja como ESTUDIO DE UN CASO en la MEMORIA DE REFERENCIA que acabo de presentar. Se trata de un alumno (D) que si se le aplicaron las pruebas individuales  era para confirmar  un posible caso de deficiencia (minusvalía psíquica), fracaso escolar y por dificultades perceptivas observadas en las pruebas colectivas previas y no, precisamente,  como alumno potencialmente  superdotado. Los resultados obtenidos por este alumno en estudio, entre otros aspectos, han puesto de manifiesto la presencia de  una  alta manifestación  disincrónica inter-inteligencias (cristalizada y fluida) al cual se le puede considerar como un alumno con altas capacidades cognitivas en el área o talento verbal (inteligencia cristalizada) y al mismo tiempo (en el polo opuesto) con grandes déficits perceptivos y neurológicos que repercuten negativamente en la configuración de la inteligencia fluida (genética  heredada).  

·        Al entrar en la fase de la intervención educativa se tendrán en cuenta las características de los alumnos, objeto de programas educativos especiales detectadas en la proceso de identificación así como recordar que las adaptaciones del Curriculo y/o programas de enriquecimiento, presuponen, entre otros aspectos lo siguiente:  

A)    Habrá que contemplar los puntos fuertes y los puntos débiles de cada uno de los alumnos del aula  / ciclo  / etapa  etc. en  estudio.  

B)     Cuando los puntos fuertes o débiles se desvíen significativamente habrá que contemplarlos como alumnos con necesidades educativas especiales, sea por déficit o por superdotación y/o talento, sobre todo cuando las DISINCRONÍAS inter – escalas (inteligencia cristalizada  e inteligencia fluida) sean excesivamente dispares como es el  caso del estudio de referencia antes mencionado  que presentaba por una parte una inteligencia CRISTALIZADA en el límite de la SOBREDOTACIÓN INTELECTUAL y por otra parte la inteligencia FLUIDA situada en el límite de la MINUSVALÍA PSIQUICA.  

C)    Presupone la implicación y la predisposición positiva de todos y cada uno de los profesores que imparten clases en los niveles y grupos educativos en estudio. De no darse este aspecto se puede entender que el Sistema Educativo está fracasando, puesto que la intervención y la respuesta educativa (con sus correspondientes adaptaciones curriculares y/o de enriquecimiento corresponde sin género de dudas a todos y a cada uno de los profesores de cada área correspondiente.  

La valoración en Centros y Gabinetes Privados debe hacerse cuando el Sistema Escolar Reglado (centro públicos  o privados) no están dando la Respuesta Educativa adecuada a las necesidades educativas especiales de estos alumnos. Por tanto las Asociaciones, como A.E.S.T, deberán suplir o complementar, por una parte, las carencias de la Propia Administración y la Organización Educativa de los Centros, si existieran, con programas complementarios – extraescolares o extra – curriculares y, por otra parte, deben seguir presionando a la Propia Administración Educativa para que siga ajustando las normativas legales a las necesidades reales de los alumnos superdotados.  

                        Madrid, octubre de 2000

Bibliografía recomendada:  

“Alumnos precoces, superdotados y de altas capacidades”

  Edita: CIDE / MEC.(2000)

 Servicio de Publicaciones. C/ Alcalá  nº 36 . 28014  Madrid. Teléfono: 91 70183 52

       AUTORES (Equipo de trabajo): Benito López Andrada (Director)  y otros

 

CURRICULUM  DEL  AUTOR

 

SÍNTESIS RELACIONADO CON EL TEMA DE LOS ALUMNOS SUPERDOTADOS

 

            BENITO LÓPEZ ANDRADA

·         Doctor en psicología

·         Psicólogo del E.O.E.P. de Móstoles (Madrid)

·         Desde el año 1.985 está centrado en el estudio e investigación de los alumnos superdotados

·         Desde el año 1.990 es Director de un EQUIPO INVESTIGADOR que está llevando a efecto un                    ESTUDIO LONGITUDINAL sobre la problemática de un grupo de alumnos potencialmente superdotados.

·         2º Premio Nacional de Investigación Educativa 1.998

·         Treinta y cinco años de servicio activo en todos los niveles Educativos (Docencia Universitaria, Secundaria e Infantil   y Primaria en España y Francia)

·         Organizador, ponente y expositor de comunicaciones desde el año 1.976 en Congresos Nacionales e Internacionales  dentro del tema de la orientación Escolar y de la Superdotación