La
Asociación Española para Superdotados y con Talento es una asociación
sin ánimo de lucro.
Sus
fines y actividades principales son:
El
ejercicio del derecho de asociación
recogido en el Artículo 22 de nuestra Constitución Española,
aglutinando a personas de Altas Capacidades Intelectuales, bien
sean con sobredotación intelectual, bien con talentos específicos.
La
representación de sus miembros o asociados
ante cualquiera de las Administraciones Públicas del Estado, de las
Comunidades Autónomas, entidades locales, Organismos Autónomos y demás
entes públicos o privados; tanto nacionales, internacionales como de la
Comunidad Económica Europea.
Servicio
de información, asesoramiento y orientación a la familia, a la infancia
y a la adolescencia en materia de altas capacidades intelectuales:
establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información,
experiencias, enseñanzas y técnicas entre familias de niño/as con Altas
Capacidades Intelectuales: (sobredotación intelectual
y talentos)
Servicio
de información y orientación a la comunidad educativa y a la sociedad:
establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información,
experiencias, enseñanzas y técnicas entre profesores, tutores,
orientadores y equipos psicopedagógicos, acerca de las Altas Capacidades
Intelectuales.
Solicitar
de la sociedad y de la Administración Educativa el establecimiento de
una educación
especializada para los niños y niñas de Altas Capacidades
Intelectuales, bien sea en centros ordinarios, bien sea
en centros especializados: Especialización
del profesorado, especialización de los materiales educativos y
especialización de las actividades escolares
Ayudar
a las personas de Altas
Capacidades Intelectuales a desarrollar sus propias potencialidades, su
creatividad y a
relacionarse entre ellos, así como a sus familias.
Intercambiar
experiencias acerca de las Altas Capacidades Intelectuales con otras
asociaciones nacionales, europeas y mundiales.
Participación
y Organización de conferencias, simposios, seminarios y charlas acerca de
las Altas Capacidades Intelectuales, así como toda acción o publicación
de carácter divulgativa y reivindicativa.
Al
amparo de los derechos fundamentales de la persona recogidos en nuestra
Constitución Española (Artículos 14 hasta
29); poder instar, seguir y terminar, como actor, demandado,
demandante, tercero, coadyuvante, requirente
o en cualquier otro concepto; toda clase de expedientes, juicios, y
procedimientos, civiles, administrativos, sociales, contencioso -
administrativos, económico – administrativos, gubernativos, notariales,
de jurisdicción voluntaria y de cualquier otra clase. Interponer y seguir
toda clase de recursos contencioso – administrativos, y los de reposición,
alzada, reforma, súplica, apelación, injusticia notoria, suplicación,
queja, nulidad e incompetencia. Interponer y seguir recurso de Amparo ante
el Tribunal Constitucional, así como aquellos extraordinarios de Casación
o interés casacional y los extraordinarios por infracción procesal.
HAZTE
SOCIO